martes, 18 de junio de 2013

2ª PARTE: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA CASA DE BERNARDA ALBA



martes, 18 de junio de 2013



Si no ocurre nada no previsto, el miércoles 19 de junio, el Pleno del Tribunal Constitucional elegirá a Francisco Pérez de los Cobos Orihuel como su noveno Presidente desde su constitución.

Ese día, aunque algunos de los 12 magistrados mirarán para otro lado y harán de tripas corazón, es probable que la mayoría conservadora y la minoría progresista acabarán poniéndose de acuerdo en el desacuerdo. Total, pelillos a la mar. Por una Vicepresidencia con nombre de magistrada, piensa algunos, merece la pena, incluso,  relajar los principios y ceder aunque sea a costa de pasar pasajeramente un mal rato.

En cualquier caso, los de la mayoría con esa certeza que da saber que lo son y que además el gobierno certifica, perciben con acierto y entusiasmo que Pérez de los Cobos es uno de  los suyos y seguro que no les defraudará. Los segundos, diezmados y con síntomas de división interna, se recrean en el mal menor que supone que el nuevo Presidente sea menos agresivo, menos pintoresco y más y mejor formado que por ejemplo el inefable Francisco José Hernando, un magistrado por el 4º turno que en lo único que coinciden sus hooligan y sus detractores, es que finalizó en tiempo y forma sus estudios de Derecho.

Pero, sin duda, unos y otros, sí en algo están de acuerdo es en cerrar una triste página para abrir otra que les haga olvidar la cadena de despropósitos que como comentamos en la primera parte de esta crónica supuso el desempate para declarar idóneo al genovés Enrique López López, logrado in extremis gracias al voto de calidad del Presidente saliente entregado a su particular viaje a ninguna parte.

También, unos y otros, sin excepción, saben, incluido su flamante candidato conservador a la Presidencia que sobre su elección planea un hecho cierto que en cualquier otro país de la vieja Europa, de usos y costumbres democráticas, le pondría y les pondría en serios apuros para optar a la Presidencia, incluso en rigor para evitar no ser sancionado.

Sobre las dudas más que razonables que existen sobre si ha cumplido o no fielmente con sus obligaciones como magistrado, nuestros lectores han sido reiteradamente informados. Para los recién llegados, además de sugerirles que pinchen este enlace y se pongan en antecedentes, la situación a fecha de hoy es la siguiente:

1º ) El 2 de abril del 2012, el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), decide nombrar a Francisco Pérez de los Cobos Orihuel como uno de los 20 miembros de la Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones. Por vez primera desde su creación, un magistrado del Tribunal Constitucional del Reino de España, pasaría a compatibilizar durante los próximos 3 años su trabajo exclusivo y excluyente en el alto tribunal con un puesto de experto en una Agencia de las Naciones Unidas.

2º) El nuevo titular de esta Comisión hizo valer en su CV que desde un año antes, 11 de enero del 2011 era Magistrado del Tribunal Constitucional de España, tras su elección a propuesta del PP por el Senado en Diciembre del 2010.

3º) Su nombramiento en la OIT se lleva a cabo con una celeridad sin precedentes, en poco más de 4 meses lo que choca frontalmente con los sosegados ritmos que presiden esa Organización. Los más y mejor informados no tienen la más mínima duda que el gobierno de Rajoy y la CEOE, con fuerte representación en esta Organización, han movido Roma con Santiago para agilizar los tramites  burocráticos, negociaciones y contrapartidas que fueran necesarios para batir ese record mundial.

4º) A lo largo de este año que ha compatibilizado la doble condición de magistrado y experto se ha producido un hecho de suma gravedad que cualquier observador puede constatar. Según las actas de las votaciones del Pleno del Tribunal Constitucional celebrado durante los días 27,28 y 29 de noviembre de 2012, el magistrado Pérez de los Cobos figura como ausente de los debates y votaciones de diversos asuntos que se incluyeron en el orden del día de ese Pleno. Se aprobaron varias cuestiones y recursos de inconstitucionalidad así como varios conflictos positivos de competencia. En todos estos asuntos como se puede confrontar en este enlace figura expresamente que “ no deberá constar el Excmo. Sr. Pérez de losCobos . Es decir que todo apuntaba a que estaba ausente. También figura que en algunos de estos asuntos, “ no deberá constar “ igualmente el entonces Vicepresidente del Tribunal, Ramón Rodríguez Arribas que esos días se encontraba participando en un Seminario Internacional en Rabat , representando al propio Tribunal,  tal como se informaba en su web. Nada se dice sobre el paradero, por desconocido, de Pérez de los Cobos.

5º ) Como es publico y notorio, y como tal se incluye en el Diario Oficial de la OIT, la Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones se reúne en Ginebra durante 15 días en régimen prácticamente de internado durante la última semana de los meses de noviembre y la primera de diciembre. En el año 2012 estuvieron reunidos desde el 21 de noviembre al 7 de diciembre, ambos inclusive. Como es natural, la OIT se hace cargo de los gastos de viaje, alojamiento y manutención. Cuentan las crónicas que para atender estos menesteres no son especialmente rácanos los anfitriones. Más bien lo contrario. Esas mismas crónicas aseguran que Pérez de los Cobos se trasladó a Ginebra en su calidad de Experto de la citada Comisión

6ª ) Todos y cada uno de los especialistas consultados sobre el régimen vigente de incompatibilidades para jueces y magistrados, entre los que se encuentran incluidos los miembros del Tribunal Constitucional, coinciden que no es posible que pueda compatibilizarse ambas responsabilidades Sostienen que se entraría en conflicto con los supuestos previstos en el art.19 de la L.O que regula el Tribunal Constitucional y con los art. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los expertos consultados no tienen la menor duda que a Pérez de los Cobos le es aplicable especialmente el Art. 389, apartado 7º de la Ley 6/1985 que establece que declara a los magistrados y jueces incompatibles con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.

7º ) Hechas estas consideraciones, como otras veces hemos señalado, nadie discute que Pérez de los Cobos es un prestigioso Catedrático de Derecho del Trabajo. Pero no por ello, si, finalmente sale elegido Presidente del Tribunal Constitucional, incluso aunque rápidamente dimita de su condición de miembro de esa Comisión de Expertos, quedarán definitivamente resueltas las dudas que acabamos de señalar. Los magistrados que le voten lo saben bien y son y serán, en última instancia, los únicos responsables de su elección. Y será entonces, tarde sin duda, cuando los más ingenuos y mejor pensados podrán valorar en sus justos términos lo que supone ser indiferente cuando no complacientes ante aquellos genoveses con toga que no dudan en atravesar la delgada línea roja entre lo compatible y lo que no lo es, entre lo ético y lo no ético, entre una dedicación exclusiva y una compartida. Y es que en este asunto, todo es verde y con asas.

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