jueves, 14 de agosto de 2014

HASTA 35.000 DESPEDIDOS PODRÍAN VER RETRASADA SU JUBILACIÓN ANTICIPADA POR UN CAMBIO DE EMPLEO

Un cambio de criterio de Empleo impide que 35.000 personas que perdieron su trabajo antes del 1 abril de 2013  y que suscribieron convenios individuales con la Seguridad Social se jubilen anticipadamente con 61 años
EUROPA PRESS - MADRID
  13/08/2014 -  18:52h


La ministra de Empleo, Fátima Báñez. EFE
   
Hasta 35.000 personas que perdieron su trabajo antes del 1 de abril de 2013, sin formar parte de un despido colectivo y que mantienen convenios individuales con la Seguridad Social, no podrán jubilarse anticipadamente con 61 años, sino con 63 años, de acuerdo con los cambios que el Gobierno introdujo en los retiros anticipados en ese mismo año.
Con anterioridad a 2013, la norma establecía la posibilidad de jubilarse con 61 años. El Gobierno del PP endureció en 2013 la legislación sobre el acceso anticipado a la jubilación elevando esta edad a los 63 años, con un periodo transitorio desde ese año hasta 2019.
Si bien, el actual Gobierno mantuvo una cláusula de salvaguarda que respetaba las anteriores condiciones de jubilación anticipada para aquellos que hubieran perdido su empleo mediante despidos colectivos antes del 2019.
También quedaban al margen de la nueva regulación los que hubieran sido despedidos antes del 1 de abril de 2013 y que después no hubieran sido de alta nuevamente en la Seguridad Social.
Sobre estos últimos ha habido, según Empleo, disparidad de criterios a de aplicación en el caso de los que mantienen un convenios especial a título individual con la Seguridad Social, lo que requería una unificación.
Es por eso que la Dirección General de la Seguridad Social emitió el pasado mes de junio una circular en la que apelaba a una Orden de 2003 en la que, en tanto que estas personas siguen haciendo aportaciones a la Seguridad Social para incrementar su pensión final, son asimilados como una trabajador más con relación laboral.
La consecuencia de esta decisión, que según Empleo no supone, por tanto, un cambio de criterio, sino una aclaración, es que alrededor 35.000 trabajadores (7.000 personas al año hasta 2019) con convenios especiales ordinarios con la Seguridad Social quedan excluidos del grupo de personas a las que se les sigue aplicando la anterior regulación y tendrán que seguir haciendo sus aportaciones al sistema hasta que tengan 63 años.
Empleo recalca que, en todo caso, esta circunstancia únicamente afecta a aquellos que han suscrito un convenio a título individual con la Seguridad Social para jubilarse con una pensión más alta que la que les correspondería sin jubilación anticipada. Además, señala que no todos los despedidos de estos 35.000 tienen intención de jubilarse anticipadamente a los 61 años.
Los sindicatos ya han pedido al Ministerio de Empleo que rectifique y aseguran que irán a los tribunales de ser necesario.









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